1
Es que desde la creación del Fondo - hace más de diez años - se sabía que la utilización de los recursos pasaban por "la política", y debían se controlados.
En Villa Gesell, el Concejo Deliberante a iniciativa de la entonces edil Irene Frick, sancionó la Ordenanza 2632 en noviembre de 2015. La norma impone al Intendente brindar informe trimestral del uso del dinero. Amparados en la mayoría que en los últimos años detentaron, a la fecha jamás el oficialismo informó sobre el uso de fondos, pese a haberse acumulado más de quince pedidos de informes sin contestar.
En dialogo con Sigesell, la consejera escolar Maria Marta Caroni señalo que en lo que va del año el municipio solo afectó de lo recibido el 10%, cuando según la ley que los afecta debió aplicar el 40%.
Esta baja de aplicación de fondos al destino previsto en lo que vá del año tiene su consecuencia práctica: de veintiún obras solicitadas por expedientes, en lo que vá del año - y teniendo recursos sin ejecutar - el municipio solo concretó seis.
Ya en el año 2005 se sancionó la ley 26075, conocida como ley de financiamiento educativo, se establece el Fondo de Financiamiento Educativo, como recurso cooparticipable a las provincias, al amparo del boom sojero argentino, y la implementación de retenciones a las exportaciones.
La ley fija la distribución de un fondo entre las provincias, las que han elegido básicamente entre administrarlo centralizadamente, como los casos de Córdoba (a través del fondo descentralizado de mantenimiento de edificios escolares provinciales), Entre Rios ( Consejo General de Educación), Jujuy, La Pampa, Entre Rios, Corrientes, entre otras.
El modo de cooparticipación hacia municipios rige -además de en Buenos Aires- en Santa Fe entre otras. Y hay modelos mixtos como el caso de Mendoza, donde el Fondo de Financiamiento Educativo se distribuye a través de convenios coordinados entre el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y la Dirección General de Escuelas (DGE) junto con los municipios, y mediante asignaciones directas a las escuelas basadas en matrícula, vulnerabilidad y rendimiento.
Por lo que se dá el absurdo de que los fondos los recibe el Municipio, para aplicarlos, el Consejo Escolar debe iniciar un trámite administrativo ante el Municipio para usar los fondos que le pertenecen.
Esta realidad no escapa a los organismos de control: hoy el tribunal de cuentas de la la Provincia viene girando paulatinamente el análisis de estos fondos a la esfera de la Dirección General de Cultura y Educación.
SiGesellnoticias